18 de Diciembre de 2015 | Visitado 885 veces |
La ciudadana o ciudadano que no est� registrado en el Padr�n Electoral Biom�trico (PEB) habiendo cumplido la mayor�a de edad, 18 a�os, podr�a ser multado o arrestado por ocho horas, en cumplimiento de la Ley. |
La ciudadana o ciudadano que no est� registrado en el Padr�n Electoral Biom�trico (PEB) habiendo cumplido la mayor�a de edad, 18 a�os, podr�a ser multado o arrestado por ocho horas, en cumplimiento de la Ley 026 de R�gimen Electoral y el nuevo Reglamento para el Refer�ndum Constitucional del 21 de febrero de 2016. Ser�n los jueces electorales los que asuman competencia en los casos de faltas electorales.
La ciudadana o ciudadano que no est� registrado en el Padr�n Electoral Biom�trico (PEB) habiendo cumplido la mayor�a de edad, 18 a�os, podr�a ser multado o arrestado por ocho horas, en cumplimiento de la Ley 026 de R�gimen Electoral y el nuevo Reglamento para el Refer�ndum Constitucional del 21 de febrero de 2016. Ser�n los jueces electorales los que asuman competencia en los casos de faltas electorales.
En entrevista con ANF, el vicepresidente del TSE, Antonio Costas se�al� que el nuevo Reglamento del Refer�ndum para la Reforma Parcial de la Constituci�n Pol�tica del Estado (CPE), sobre la reelecci�n del Presidente y Vicepresidente para el periodo 2020-2025, no s�lo otorga amplias competencias a los jueces electorales para resolver los casos de faltas electorales, sino tambi�n para remitir ante la justicia ordinaria los casos tipificados como delitos electorales, y hasta determinar como medida preventiva el arresto por ocho horas.
"Quienes cometen faltas electorales tambi�n son los particulares, el que no se haya inscrito al padr�n electoral y se determina que no est� inscrito por alguna causa, puede ser atendido (el caso) y puede ser multado. Es una falta electoral no estar inscrito", se�al�.
El art�culo 232 de la Ley 026 referida a las faltas cometidas por particulares se�ala en su inciso "a" que es una falta electoral no inscribirse al padr�n electoral o inscribirse proporcionando datos falsos. Mientras que el art�culo 235 prev� como sanciones las multas pecunarias, arresto o trabajo social.
Costas explic� que aquellos ciudadanos que no paguen las multas por faltas electorales -las que estar�n definidas hasta enero del pr�ximo a�o- podr�an ser arrestados durante ocho horas.
"Ahora es importante recordar que las faltas electorales est�n circunscritas en diferentes �mbitos; hay faltas electorales que las cometen los jurados electorales y estar�n dentro del periodo de vigencia de los jurados electorales. Un jurado escogido por sorteo si no asiste a la junta es una falta electoral, y el caso ya puede ser atendido por el juez", indic�.
El vocal electoral indic� que la norma tambi�n prev� que los notarios cometan faltas durante el registro biom�trico, que para el caso del Refer�ndum concluy�, � durante la actividad electoral.
Las faltas electorales cometidas por las servidoras o servidores p�blicos, hasta el momento en que se designen a los jueces electorales, ser�n resueltas por los Tribunales Electorales Departamentales o el Tribunal Supremo Electoral. Sin embargo, una vez que los jueces asuman competencia del proceso electoral ser�n resueltos por estos funcionarios.
"Por ejemplo, una falta electoral de los servidores p�blicos es facilitar en el periodo electoral uno, dos o m�s inmuebles p�blicos a las organizaciones pol�ticas, esa es una falta electoral que eventualmente puede ser atendida por un juez", indic�.
Tambi�n cometen faltas electorales las organizaciones pol�ticas si no se rigen a las normas electorales vigentes. "Las organizaciones pol�ticas pueden negarse a cumplir resoluciones del �rgano Electoral, ese incumplimiento puede ser remitido al juez electoral para que pueda determinar sanciones", se�al�.
Las organizaciones pol�ticas que difundan estudios de opini�n para fines electorales sin estar habilitadas ante el �rgano Electoral Plurinacional tambi�n incurrir�n una falta.
"Hay otras faltas inherentes al evento como tal, si yo el d�a de la votaci�n expendo bebidas alcoh�licas es una falta electoral que puede ser atendida por el juez que puede determinar una multa o el arresto o podr�an enviarme a cumplir una tarea social, pueden enviarme a barrer la plaza", explic�.
Durante el d�a del sufragio son considerados delitos electorales la instalaci�n ilegal de mesas, la destrucci�n de �nforas, la obstaculizaci�n del evento electoral, entre otros, que pueden ser conocidos por los jueces electorales, pero no procesados, pues ser�n remitidos ante la justicia ordinaria. "Los jueces electorales podr�n determinar la medida provisional del arresto, como una medida cautelar", dijo.
![]() |
Hecho en La Paz - Bolivia por ®Khainata - Web Designers | ![]() |
---|