3 de Diciembre de 2015 | Visitado 801 veces |
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirm� la denuncia de que el Ministerio de la Presidencia usa bienes del Estado para hacer campa�a electoral por el S�, en este caso el empleo de una camioneta de esa cartera de Estado. |
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirm� la denuncia de que el Ministerio de la Presidencia usa bienes del Estado para hacer campa�a electoral por el S�, en este caso el empleo de una camioneta de esa cartera de Estado, por lo que mediante una resoluci�n de Sala Plena pedir� a dicha instancia que no utilice recursos p�blicos y exigir� tambi�n a la Contralor�a del Estado que sancione al funcionario o funcionarios p�blicos que incurrieron en la falta, inform� el vicepresidente del ente electoral, Antonio Costas.
Seg�n el �ltimo informe, hasta ese momento, 11 denuncias llegaron al TSE por incumplimiento al reglamento de campa�a electoral y violaci�n de la Ley 026.
�Se ha confirmado que esa camioneta depend�a del Ministerio de la Presidencia�, afirm� Costas, lo que sucedi� el 19 de noviembre pasado. Senadores de la oposici�n, liderados por �scar Ortiz, Lourdes Millares y Arturo Murillo presentaron ante el TSE una denuncia contra el Ministro de la Presidencia, Juan Ram�n Quintana, por �la realizaci�n de campa�a y propaganda electoral en actos de gesti�n p�blica utilizando recursos p�blicos�.
Tras el an�lisis de las pruebas presentadas, que eran im�genes fotogr�ficas, la Sala Plena admiti� la denuncia y procedi� a notificar a los denunciados para que respondan a la denuncia, seg�n el listado de las denuncias cuo tratamiento corresponde al TSE.
En ese marco, Costas inform� que ya se confirm� el hecho y se redact� la resoluci�n �en la que se va a pedir al ministro que no se utilicen los bienes, que se sancione tambi�n a quien ha usado ese bien para hacer la publicidad (propaganda) correspondiente�.
NORMATIVA
El art�culo 126 de la Ley 026, del R�gimen Electoral, en lo referido a prohibiciones para servidores p�blicos, dispone que los mismos no pueden utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones p�blicas en propaganda electoral, tanto en actos p�blicos de campa�a como a trav�s de mensajes pagados en medios de comunicaci�n, tampoco pueden �realizar campa�a electoral por cualquier medio en instituciones p�blicas�.
El mismo art�culo dice que �cuando se verifique la violaci�n de alguna de estas prohibiciones, el Tribunal Electoral competente remitir� antecedentes a la Contralor�a General del Estado para la determinaci�n de las responsabilidades y sanciones que correspondan. En caso de servidores p�blicos designados se remitir�n antecedentes al �rgano jer�rquico competente, para disponer su destituci�n�.
DESTITUIR AL INFRACTOR
En ese marco, el vocal Costas explic� que, una vez conocida y aceptada la denuncia por el uso indebido de bienes del Estado, mediante resoluci�n del TSE, se pide que mediante la Contralor�a se destituya a la persona o funcionario p�blico que estaba utilizando esa movilidad para hacer campa�a electoral.
�Nosotros estamos recomendando que se haga la evaluaci�n, que se determine qui�n estaba utilizando ese bien y lo destituya. As� dice la norma. Estamos pidiendo que se cumpla el art�culo (126) de la Ley de R�gimen Electoral, que establece claramente que los servidores p�blicos van a ser sometidos a la destituci�n cuando utilicen bienes p�blicos�.
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